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Las personas extranjeras que quieren realizar algún tipo de inversión en Chile deben estar inscritas al Rol Único Tributario. Este trámite le asignará un número de Rut, lo que le permitirá entre otras gestiones, la compra de acciones o bienes raíces, adquisición de bienes o derechos que requieren formalidades, etc. La obtención de Rut de inversionista extranjero se encuentra disponible para personas naturales y jurídicas, debiendo en cada caso suscribir la documentación pertinente. Para realizar este trámite se debe acudir a la oficina del SII  que corresponde al domicilio que se declarará al hacer el trámite, como a continuación explicamos.

  1. Obtención de Rut de Inversionista Extranjero para Persona Natural.

En primer lugar se debe dar poder notarial a la o las personas residente(s) en Chile que representarán al extranjero en Chile. A su vez se acompañará al poder una fotocopia de la cédula de identidad del o los representantes, legalizada ante notario.

Asimismo, si no es el interesado quien de forma presencial realiza el trámite, deberá otorgar poder a un tercero para que realice el trámite ante el SII.

Además debe acompañarse una fotocopia legalizada del pasaporte extranjero, la que es posible obtener y legalizar fuera de Chile a través de la Apostilla, o bien dentro del territorio nacional en una notaría.

Luego, debe solicitarse y completarse el formulario 4415.1 (“Inscripción al Rol Único Tributario y/o Declaración Jurada de Inicio de Actividades para Extranjeros sin Residencia”) El que es entregado en la oficina del SII. Este debe ser llenado en las secciones A, E, H e I. Es decir, la identificación del contribuyente, la individualización del domicilio que tendrá en chile, el que puede usarse para estos efectos a título de dueño, tomado en arrendamiento o cedido. Se debe designar representante(s), administrador(es) o mandatario(s), que serán la o las personas que actuarán en nombre del interesado. Finalmente debe individualizarse la persona que efectúa el trámite.

En ocasiones, y dependiendo de la sede que corresponda acudir, el SII retiene estos documentos, por lo que es aconsejable sacar fotocopias de todos ellos.

  1. Obtención de Rut de Inversionista Extranjero para Persona Jurídica.

Para la obtención de este Rut es necesario presentar la Escritura de Constitución de la sociedad, la que debe haber sido emitida por el país de origen de la sociedad y que debe venir apostillada desde el mismo. También deben presentarse documentos emitidos en el país de origen que den cuenta de la vigencia de la persona jurídica, que esta se constituyó en conformidad con la legislación extranjera y también sus estatutos (en el caso que el instrumento de constitución y estatutos no sean uno solo). Todos estos documentos deben ser debidamente protocolizados en una notaría nacional. Es importante mencionar que estos documentos deben ser los originales.

En el caso que los documentos mencionados anteriormente se encuentren en un idioma distinto al español, entonces será necesario presentarlos conjuntamente con una versión traducida de ellos.

Al igual que para la obtención del Rut para persona natural, será necesario presentar la Cédula de Identidad de la persona residente en Chile que asuma la representación; poder o mandato de la persona jurídica al mandatario, debidamente legalizado en Chile y un certificado de residencia tributaria, Cédula de Identidad o documento emitido en el país, que dé cuenta de los datos de identificación consignados en el formulario 4415.1.

El formulario 4415.1 debe ser completado en las mismas secciones que las requeridas para la obtención de Rut para persona natural extranjera, con la salvedad de que en lugar de la sección A, debe completarse la sección B con los datos de la persona jurídica extranjera.

Francisco Mulatti, Abogado.

Foto: Sweet Ice Cream Photography (CC0)