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3. Capacidades de Innovación

a. Gestión de la Innovación

La empresa postulante (Beneficiario) debe Tributar en 1ra categoría (también empresas individuales), y debe contar con al menos 2 años desde su iniciación de actividades.
Se puede postular de forma individual o conjunta.
La Entidad Experta Nacional debe contar con capacidades técnicas permanentes y competencias para ejecutar el proyecto y un programa de Gestión de Portafolio con la Empresa Postulante.

Se financiará con un subsidio no reembolsable desde un 50% y hasta un 70% del costo total del proyecto, según el tamaño de la empresa, con un tope de $40.000.000.-


Algunas actividades financiables:
• Asesoría de Gestión de la innovación realizada por la entidad experta para que el Postulante quede preparado para desarrollar procesos de innovación.
• Medición inicial y final de la capacidad de Innovación: medir el potencial de innovación en el beneficiario, al inicio del proyecto, y al final de la implementación. Tope 8% del subsidio
• Pruebas, ensayos experimentales y prototipados.
• Capacitación y formación de la alta dirección de la empresa y del encargado de Innovación en herramientas, metodologías, habilidades de diseño, de desarrollo de proyectos, desarrollo de competencias necesarias para gestionar la innovación dentro de la empresa.
• Uso de plataforma de innovación abierta.
• Costos de Garantías.

• Micro y Pequeña (máximo 25.000 UF de facturación anual) = 70% de subsidio máximo
• Mediana (desde 25.000 UF y hasta 100.000 UF de facturación anual) = 60% de subsidio máximo
• Grande (desde 100.000 UF de facturación anual) = 50% de subsidio máximo

Las postulaciones se encuentran actualmente cerradas con un segundo llamado en agosto de este año.

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b. Programa de Prospección Tecnológica

Este programa tiene como objetivo apoyar actividades asociativas de prospección tecnológica, conocimientos y mejores prácticas no disponibles a nivel nacional y su adecuación y transferencia al contexto nacional, que contribuyan a la creación de valor y competitividad en las empresas.

Dirigido a  personas jurídicas constituidas en Chile, con o sin fines de lucro, y a personas naturales que posean la calidad de empresarios individuales, esto es, que cuenten con iniciación de actividades y que tributen en primera categoría (artículo 20 del D.L. 824 de 1974).

El programa financia todas aquellas actividades necesarias y pertinentes para desarrollar un proyecto de prospección tecnológica, teniendo como actividad central, la realización de una misión prospectiva, que permita, dentro de un programa integrado de visitas, un adecuado acercamiento a centros de investigación, empresas, ferias tecnológicas u otras entidades, que dispongan de oferta tecnológica y conocimiento de vanguardia, relacionados con la problemática planteada en torno a un grupo de empresas ( beneficiarios atendidos). Además considera dentro del proyecto actividades de coordinación, sistematización y difusión de la misión prospectiva.

Se entregará un subsidio no reembolsable de hasta un 60% del costo total del programa, con un tope de hasta $25.000.000-. Los participantes deberán aportar en efectivo, al menos el 40% restante del total del programa.

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 c. Programa de Difusión Tecnológica (PDT)

Busca acercar a las Pymes al conocimiento, tecnologías, prácticas de innovación disponibles y mejores prácticas productivas, a través de actividades asociativas de difusión y transferencia tecnológica que aporten valor a su desempeño productivo y competitividad.

El Gestor del proyecto (Beneficiario) debe ser empresas chilenas, con o sin fines de lucro que tributen en 1ra categoría (también empresas individuales). Debe poseer las capacidades técnicas para ejecutar las actividades del proyecto, y poseer la capacidad financiera para ejecutar proyecto.
Los Participantes (Beneficiarios Atendidos): deben ser también empresas chilenas que tributen en 1ra categoría (también empresas individuales).
El instrumento está destinado a PYMEs y se permite participación de Microempresas de forma excepcional y las Grandes no pueden superar el 20% del total de Participantes.

Categoría de Pyme de acuerdo al siguiente nivel de ventas (en relación al año calendario anterior a la de la postulación)

i) Pequeñas empresas: ventas anuales entre 2.401 UF a 25.000 UF

ii) Medianas empresas: ventas anuales entre 25.001 UF a 100.000 UF

Se entregará un subsidio no reembolsable de hasta un 70% del costo total del programa, con un tope de hasta $90.000.000-.
Los participantes deberán aportar en efectivo, al menos el 15% restante del total del programa y hasta un 15% de aporte valorizado.

Se apoyan todas aquellas actividades para que los participantes puedan conocer y profundizar en tecnologías y/o conocimientos, como participar en:
• Talleres.
• Seminarios.
• Asesoría para la incorporación de capacidades de innovación.
• Elaboración de mapa de actores.
• Exhibiciones.
• Giras nacionales.
• Consultorías nacionales e internacionales.
• Actividades demostrativas en terreno.
• Difusión en medios de comunicación.

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d. Centros de Extensionismo Tecnológico

Se admitirán en calidad de beneficiario a:

I). Entidades gremiales: Califican como tales las Asociaciones Gremiales, Federaciones y Confederaciones, constituidas en Chile. Se entenderá que la entidad gremial es representativa de los sectores, subsectores o ramas priorizadas en el presente instrumento, cuando esté compuesta al menos por 30 integrantes.

II). Entidades sectoriales: excepcionalmente, calificarán como beneficiarios en esta categoría, aquellas personas jurídicas de derecho privado, con o sin fines de lucro, constituidas en Chile, que no sean Asociaciones, Federaciones ni Confederaciones gremiales, y que sea representativas de alguno de los sectores, subsectores o ramas priorizadas en el presente instrumento. Se entenderá que la Entidad Sectorial es representativa de los sectores, subsectores o ramas priorizadas en el presente instrumento, en la medida que cumpla con algunos de los siguientes requisitos:

i. Que los fines u objetos declarados en sus estatutos, digan relación con el desarrollo económico-productivo de los sectores, subsectores o ramas priorizadas en el presente instrumento.

ii. Que analizada su trayectoria, pueda establecerse la realización de acciones concretas que digan relación con el desarrollo económico-productivo de los sectores, subsectores o ramas priorizadas en el presente instrumento.

En ambos tipos de beneficiario (I y II) deberán contar con capacidades técnicas permanentes e infraestructura especializada en actividades de desarrollo productivo, innovación, y/o transferencia y difusión tecnológica. Para esta fase, el beneficiario deberá demostrar capacidades para el levantamiento de información que permita identificar brechas tecnológico-productivas, contando con las capacidades humanas, técnicas, de gestión, tecnológicas, financieras y de infraestructura adecuadas. Los elementos señalados en el presente párrafo, así como la representatividad de los beneficiarios, serán parte de la evaluación de la propuesta.

La entidad que participe como beneficiario, podrá concurrir conjuntamente con entidad(es) experta(s) en el levantamiento de brechas tecnológico-productivas, en el caso de que el beneficiario no tenga esa capacidad específica para lograr los resultados esperados.

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 e. Capital Humano Para la Innovación

Para empresas y personas naturales (empresas individuales) chilenas que tributen en primera categoría. Se aceptarán microempresas si son de base tecnológica, y se excluyen los que tengan por giro único la capacitación y, a las Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica.

Como beneficiarios deberán concurrir empresas que califiquen en alguna de las siguientes categorías de acuerdo al nivel de ventas (en relación al año calendario anterior al de la postulación)

i) Pequeñas empresas: ventas anuales entre 2.401 UF a 25.000 UF

ii) Medianas empresas: ventas anuales entre 25.001 UF a 100.000 UF

iii) Grandes Tramo Nº 1: ventas anuales entre 100.001 UF a 200.000 UF

El programa financia todas aquellas actividades necesarias y pertinentes para desarrollar un proyecto en donde se resuelva un desafío de índole productivo, a través de la contratación de un profesional (magister o doctor) provenientes de las áreas de ciencia y tecnología y/o innovación.

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4. Ecosistema

a. Bienes Públicos Estratégicos Regionales para la Competitividad

Este concurso está orientado a personas jurídicas de derecho público o privado, constituidas en Chile, que tributen en primera categoría del impuesto a la Renta, y que posean capacidades técnicas suficientes para ejecutar las actividades planteadas para el proyecto.

Se financian todas aquellas actividades necesarias en el desarrollo de un Bien Público, tales como: diagnósticos sectoriales, exploración de soluciones tecnológicas, cursos, talleres, seminarios, exhibiciones, publicaciones, consultorías, estudios y/o exploraciones del Bien Público en mercados internacionales, actividades demostrativas, entre otras.

Se entregará un subsidio no reembolsable de hasta un 85% del costo total del proyecto, con un tope de hasta $110.000.000.
Cualquiera de los participantes del proyecto, a excepción de los beneficiarios atendidos y la entidad experta internacional deberá aportar el 15% restante, mediante aportes pecuniarios y/o no pecuniarios.

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b. PymeLab

Sin información disponible

c. Innovación Social

Dirigido a personas jurídicas constituidas en Chile que cuenten con experiencia demostrable en el apoyo de emprendimientos de innovación social, o con experiencia demostrable en el apoyo de emprendimientos de alto potencial, y con redes que le permitan acceso a metodologías para apoyar a emprendedores de innovación social.

Además, podrán participar las Incubadoras de Negocios, esto es, aquellas entidades que hayan recibido financiamiento en calidad de Beneficiarias de las Líneas de Financiamiento de Creación, Fortalecimiento u Operación de Incubadoras de Negocios, del Fondo de Desarrollo e Innovación (FDI) o del Comité InnovaChile, o del Programa Nacional de Incubadoras de Corto, cuyos proyectos estén actualmente en ejecución o finalizados.

Se cofinanciará hasta el 80% del monto total del Fondo SSAF-S. Los recursos provenientes del subsidio podrán ser utilizados por el Administrador del Fondo SSAF-S sólo para:

-Apoyo a “Emprendimientos de Innovación Social”, con un tope máximo de $80.000.000.- (ochenta millones de pesos).

-Actividad de Animación: con un tope máximo de $20.000.000.- (veinte millones de pesos)

Cada “Emprendimiento de Innovación Social” ingresado en la nómina que llevará la Gerencia de Emprendimiento, podrá recibir como máximo hasta $10.000.000.-

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Fuente: Corfo