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Es un tema sobre el que los emprendedores constantemente tienen dudas, sobre todo en el momento en que son notificados en el domicilio de la empresa por no haber pagado la Patente Comercial luego de haber dado Aviso de Inicio de Actividades.

¿Que es?

La Patente Comercial es un tributo que debe pagar quien realiza una actividad económica (persona o empresa) en beneficio de la municipalidad con jurisdicción en donde se realiza la actividad.

El pago de este impuesto da derecho al contribuyente a realizar la actividad por un periodo de 12 meses.

¿Quien debe pagarla?

Según el articulo 23 de la Ley de Rentas Municipales “el ejercicio de toda profesión, oficio, industria, comercio, arte o cualquiera otra actividad lucrativa secundaria o terciaria, sea cual fuere su naturaleza o denominación, está sujeta a una contribución de patente municipal, con arreglo a las disposiciones de la presente ley.”

¿Cual es el plazo para pagarla?

Dependerá de los que haya establecido cada Municipalidad en su reglamentación, pero es recomendable acercarse al municipio antes de 30 días desde el Inicio de Actividades ante Servicio de Impuestos Internos para regular la situación.

El Servicio de Impuestos Internos notificará a las Municipalidades sobre las sociedades que realicen Inicio de Actividades en su comuna, por lo que en caso de no regularizar, la empresa recibirá una notificación de parte del Municipio en su domicilio.

¿Cual es el monto?

Según la misma Ley de Rentas Municipales “El valor por doce meses de la patente será de un monto equivalente entre el dos y medio por mil y el cinco por mil del capital propio de cada contribuyente, la que no podrá ser inferior a una unidad tributaria mensual ni superior a cuatro mil unidades tributarias mensuales.”

Además señala que: “para los efectos de este artículo se entenderá por capital propio el inicial declarado por el contribuyente si se tratare de actividades nuevas, o el registrado en el balance terminado el 31 de diciembre inmediatamente anterior a la fecha en que deba prestarse la declaración…”

¿Como se paga?

Será necesario dirigirse al Departamento de Rentas Municipales de la Municipalidad correspondiente al domicilio donde se realizará la actividad y llenar un formulario de solicitud de patente y declaración de capital propio. Este procedimiento puede variar de Municipalidad en Municipalidad, pero por lo general en el caso de empresas será necesario presentar los siguientes antecedentes:

  • Documentos de Constitución de la Sociedad.
  • Copia de Inicio de Actividades ante Servicio de Impuestos Internos.
  • Documento que acredite el titulo bajo el cual se ocupa el inmueble donde se desarrollará la actividad comercial (ejemplo, contrato de arrendamiento, certificado de dominio u otro).
  • Informe de factibilidad, permiso de edificación y recepción final del inmueble donde se desarrollará el negocio, otorgados por la Dirección de Obras de la Municipalidad. Este documento se adquiere en la municipalidad.

Además en caso de una renovación de patente o cambio de domicilio, será necesario presentar balances al 31 de diciembre del año anterior al que se solicita la Patente.

Santiago Henríquez C., Abogado

Foto: Jared Erondu (CC0)