{"id":864,"date":"2024-01-09T10:00:00","date_gmt":"2024-01-09T13:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.hublegal.cl\/?p=864"},"modified":"2024-01-04T17:01:10","modified_gmt":"2024-01-04T20:01:10","slug":"como-crear-una-spa-en-chile-sistema-registral-pt-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.hublegal.cl\/en\/2024\/01\/09\/como-crear-una-spa-en-chile-sistema-registral-pt-2\/","title":{"rendered":"\u00bfC\u00f3mo crear una SpA en Chile? (Sistema Registral) Pt. 2"},"content":{"rendered":"<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para ver la <a href=\"https:\/\/www.hublegal.cl\/en\/2024\/01\/04\/crear-una-spa-en-chile\/\">primera parte de esta gu\u00eda, haz click aqu\u00ed<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00bfYa te tiraste al agua y firmaste tu constituci\u00f3n en la Notar\u00eda y no sabes qu\u00e9 pasos seguir? Nosotros en HubLegal hemos preparado esta breve gu\u00eda, paso a paso, para que puedas constituir tu sociedad por acciones y estar operando lo m\u00e1s breve posible.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una vez que ya est\u00e9 firmado el acto de constituci\u00f3n ante un notario, tendr\u00e1s una copia f\u00edsica de la Constituci\u00f3n de tu Sociedad, o muy probablemente la Notar\u00eda te enviar\u00e1 por correo electr\u00f3nico la escritura en formato electr\u00f3nico, en esta caso no existe la copia f\u00edsica de tu documento de constituci\u00f3n, solo podr\u00e1s obtener impresiones del documento electr\u00f3nico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El paso siguiente es generar un extracto de la constituci\u00f3n que deber\u00e1 ser autorizado por el mismo notario ante el cual se constituy\u00f3 la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El extracto es un texto acotado en que se se\u00f1alan las principales cl\u00e1usulas de la escritura de constituci\u00f3n seg\u00fan exige la ley. La Este extracto deber\u00e1 ser autorizado por la Notar\u00eda, inscrito en el Registro de Comercio y publicado en el Diario Oficial, dentro de 60 d\u00edas corridos desde la firma de la constituci\u00f3n (desde la entrada en vigencia de la ley 21.608 el a\u00f1o 2023. <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ten presente que el extracto puede ser rechazado por el Registro de Comercio si contiene menciones adicionales o falta alguna de las que la ley exige, por lo que debes ce\u00f1irte por lo que indica la ley, y nuevamente recomendamos hacer el proceso asesorado por un especialista.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una vez redactado el extracto, este debe ser enviado a la Notar\u00eda para su autorizaci\u00f3n. Al recibir el extracto autorizado de la Notar\u00eda, el paso siguiente es realizar la inscripci\u00f3n en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Ra\u00edces del domicilio social. Este paso, al menos en el Registro de Comercio de Santiago se puede hacer de forma virtual; para ello debes ir al sitio web (https:\/\/conservador.cl\/portal\/), e ingresar con tu usuario (o registrarte) y en la pesta\u00f1a superior debes pulsar \u201cTr\u00e1mites en L\u00ednea\u201d y dirigirte a \u201cRegistro de Comercio\u201d, para as\u00ed ingresar en la opci\u00f3n \u201cConstituci\u00f3n de Sociedad en el Registro de Comercio (No Modificaciones)\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el sitio web, deber\u00e1s indicar el tipo social (Sociedad por Acciones), la fecha de la escritura de constituci\u00f3n, el nombre de la Notar\u00eda en que se otorg\u00f3 y el C\u00f3digo de Verificaci\u00f3n Electr\u00f3nica (CVE). El CVE es una clave alfanum\u00e9rica que puedes identificar en el documento electr\u00f3nico de la copia autorizada de la constituci\u00f3n de sociedad que te entreg\u00f3 la Notar\u00eda tras la firma, que puedes encontrar en la primera plana del archivo en la esquina inferior izquierda, bajo un c\u00f3digo QR (por ejemplo, #1234567890).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una vez ingresado el CVE, deber\u00e1s verificar si coincide con tu escritura apretando \u201cDescargar Documento\u201d. Esta opci\u00f3n te redirigir\u00e1 a \u201cFojas.cl\u201d o alg\u00fan otro repositorio de documentos electr\u00f3nicos usados por el sistema de Notarios, donde podr\u00e1s descargar el documento que corresponda al CVE ingresado. Si el documento que aparece en el sitio corresponde con tu escritura, vuelve a la pesta\u00f1a del Registro de Comercio y aprieta la opci\u00f3n \u201cS\u00ed\u201d en \u201c\u00bfEs su documento?\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Posteriormente, el sitio web requerir\u00eda que ingreses el nombre de la sociedad (por ejemplo, Ganadores SpA) y el capital indicado en la escritura (1.000.000 si seguiste nuestra indicaci\u00f3n). Recomendamos dejar el campo \u201cObservaciones\u201d vac\u00edo. Al seguir, el sitio web te enviar\u00e1 al carro de compras, donde deber\u00e1s pagar por la inscripci\u00f3n e ingresar informaci\u00f3n relativa a nombre de quien ser\u00e1 generada la boleta del pago.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tras realizar el pago, el Registro de Comercio generar\u00e1 un n\u00famero de car\u00e1tula, que debes guardar para seguimientos, y proceder\u00e1 a hacer la gesti\u00f3n. La boleta no ser\u00e1 generada hasta que finalice la operaci\u00f3n. Este procedimiento podr\u00eda demorar uno o dos d\u00edas, y podr\u00e1s hacer seguimiento en tu perfil (Mis Car\u00e1tulas) con el n\u00famero otorgado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si has hecho todo de acuerdo a esta gu\u00eda, debiesen aceptarte la inscripci\u00f3n en el Registro de Comercio y podr\u00e1s ver en \u201cMis Car\u00e1tulas\u201d un enlace que te redirige a la opci\u00f3n para descargar tres documentos distintos: (i) la boleta por el pago, (ii) el certificado de inscripci\u00f3n, (iii) y la inscripci\u00f3n misma. No olvides descargar estos dos \u00faltimos, puesto que ser\u00e1n necesarios m\u00e1s adelante.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El siguiente paso es realizar la publicaci\u00f3n del extracto recibido desde la Notar\u00eda en el Diario Oficial de la Rep\u00fablica. Es importante no confundir la inscripci\u00f3n con el extracto mismo. Este paso tambi\u00e9n es completamente virtual, puesto que debes ingresar al sitio del Diario Oficial (https:\/\/www.diariooficial.interior.gob.cl\/), pulsando la opci\u00f3n \u201cIr a p\u00e1gina principal\u201d y dirigirte al bot\u00f3n que indica \u201cPublicar en L\u00ednea\u201d en la esquina superior derecha del sitio. Aqu\u00ed tambi\u00e9n debes registrarte e iniciar sesi\u00f3n, aunque ahora puedes ingresar con tu Clave \u00danica del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una vez ingresado al sitio de pagos (https:\/\/pagos.diarioficial.cl\/Home\/) debes apretar la opci\u00f3n \u201cSociedades\u201d, seleccionar la Notar\u00eda e indicar el CVE, y pulsar \u201cBuscar\u201d. Luego, ser\u00e1 necesario que especifiques si el capital va incluido en el extracto, y solicitar una cotizaci\u00f3n. Debes esperar a que el Diario Oficial apruebe la cotizaci\u00f3n, que en el caso de sociedades por acciones con un capital de $1.000.000.- debiese ser gratuito.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De ser exitosa la gesti\u00f3n, recibir\u00e1s un correo electr\u00f3nico del Diario Oficial indic\u00e1ndote que fue aprobada la cotizaci\u00f3n, y deber\u00e1s volver a ingresar a su sitio web y realizar todos los pasos nuevamente, con la diferencia que ahora aparecer\u00e1 la opci\u00f3n para realizar la publicaci\u00f3n. Una vez pagada y ordenada la publicaci\u00f3n, la boleta emitida por la p\u00e1gina indicar\u00e1 el d\u00eda que ser\u00e1 realizada la publicaci\u00f3n, que por regla general son 48 horas desde ordenada. Ten presente que las publicaciones de sociedades no aparecen en d\u00edas domingos o feriados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El d\u00eda de la publicaci\u00f3n debes ingresar al sitio del Diario Oficial y buscar en la edici\u00f3n de ese d\u00eda, en la pesta\u00f1a \u201cEmpresas\u201d, el nombre de tu sociedad por acciones, y ah\u00ed podr\u00e1s hacer click para descargar el archivo en formato .PDF de tu publicaci\u00f3n. Tambi\u00e9n puedes obtenerla ingresando en tu perfil en el sitio de pagos del Diario Oficial.<br>Obtenci\u00f3n de RUT e Inicio de Actividades<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una vez obtenida la publicaci\u00f3n, va a ser necesario realizar la obtenci\u00f3n de RUT y el Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Antiguamente se hac\u00eda presencialmente, pero en la actualidad el proceso es virtual, realizado en el sitio web del SII (https:\/\/www.sii.cl\/servicios_online\/1031-.html).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para realizar estos pasos va a ser necesario que obtengas tu Clave Tributaria en el sitio web, creando un usuario en la plataforma. Esta clave va a ser necesaria para realizar todas las gestiones, salvo que quieras otorgarle un poder a un abogado para que realice las gestiones a nombre tuyo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Independiente de la Clave Tributaria, para realizar estos siguientes pasos va a ser necesario que obtengas una \u201cAutorizaci\u00f3n del Domicilio Tributario\u201d y que acredites tu \u201cRepresentante Tributario\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para acreditar \u201cRepresentante Tributario\u201d va a ser necesario que digitalices una fotocopia por ambos lados de la c\u00e9dula de identidad del representante de la sociedad y que acompa\u00f1es su Patrocinio. En la mayor\u00eda de los casos, el Patrocinio del Representante suele constar en la escritura p\u00fablica de Constituci\u00f3n, por lo que debes acompa\u00f1ar tal documento a la p\u00e1gina web. Sin embargo, podr\u00eda ocurrir que hayan modificado el representante de la sociedad mediante la celebraci\u00f3n de una asamblea o una modificaci\u00f3n social, en esos casos el Patrocinio podr\u00eda diferir.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una vez acreditado el representante, deber\u00e1s acreditar el domicilio tributario; esto es, la direcci\u00f3n que informar\u00e1n al Servicio de Impuestos Internos para todos los efectos. Este es un paso indispensable en la ruta cr\u00edtica para que opere tu sociedad.<br>Para lo anterior, existen diferentes opciones. La primera es que obtengas una autorizaci\u00f3n firmada ante notario de un propietario de un inmueble, en que \u00e9ste expresamente te autorice para que uses un bien ra\u00edz de su propiedad como domicilio tributario. Esta es la opci\u00f3n m\u00e1s barata, ya que solo implicar\u00eda gastos notariales. Sin embargo, presenta una dificultad, ya que es necesario que te consigas un propietario que est\u00e9 dispuesto a firmar ante notario tal autorizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otra opci\u00f3n es arrendar una oficina y acompa\u00f1ar copia autorizada de ese contrato de arrendamiento, siempre y cuando indique que el arrendatario podr\u00e1 usarla como domicilio tributario. Los contratos de arriendo de departamentos suelen excluir expl\u00edcitamente la utilizaci\u00f3n para fines distintos de la vivienda, a veces incluyendo cl\u00e1usulas que expresamente proh\u00edben usarlo como domicilio tributario. Por lo dem\u00e1s, si arriendas y no est\u00e1s seguro de tener tal facultad, una opci\u00f3n es intentar obtener tal autorizaci\u00f3n firmada ante notario del arrendador.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Luego, la tercer\u00eda v\u00eda es contratar servicios de oficina virtual, para lo cual existe un amplio mercado. Nosotros te recomendamos contratar con T\u00f3pate (https:\/\/topate.cl), que ofrece distintas opciones y propuestas, que van desde el arriendo de una oficina hasta el contratar servicios de domicilio tributario. Con T\u00f3pate podr\u00e1s disponer de un domicilio tributario para constituir r\u00e1pidamente tu sociedad por acciones, sin necesidad de tener que sostener los costos de arrendar una oficina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Finalmente, una vez autorizado el domicilio tributario y acreditado el representante, podr\u00e1s realizar el inicio de actividades y obtenci\u00f3n del RUT en el formulario online del Servicio de Impuestos Internos, quien ofrece una gu\u00eda detallada de c\u00f3mo proceder en su sitio web.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El \u00faltimo paso ser\u00e1 obtener la patente municipal respectiva, el cual es un paso que var\u00eda caso a caso, ya que depende de la municipalidad en la que operes y los detalles de la actividad comercial que desarrolles.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00bfNecesitas ayuda para constituir tu sociedad? Nosotros en HubLegal estamos aqu\u00ed para ayudarte, no dudes en contratar uno de nuestros planes para que podamos ayudarte a que hagas tus sue\u00f1os realidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por Felipe Y\u00e1\u00f1ez Lagos, abogado.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para ver la primera parte de esta gu\u00eda, haz click aqu\u00ed. \u00bfYa te tiraste al agua y firmaste tu constituci\u00f3n en la Notar\u00eda y no sabes qu\u00e9 pasos seguir? Nosotros en HubLegal hemos preparado esta breve gu\u00eda, paso a paso, para que puedas constituir tu sociedad por acciones y estar operando lo m\u00e1s breve posible. 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